Los auxiliares administrativos realizan funciones comunes a la actividad administrativa: entre otras tareas, se encarga de funciones de archivo, atención al ciudadano, registro o gestión de archivos y documentación. En la última convocatoria, la inclute las plazas ofertadas desde la OEP 2017 a 2020, se han convocado 1.115 plazas para su provisión por el sistema de acceso libre. Toda la información es conforme a la última convocatoria.
REQUISITOS DE ACCESO
Los requisitos deben poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionarios:
a) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Nacionalidad. deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener la nacionalidad española.
- También podrán participar, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales de la Comunidad de Madrid y demás excepciones contempladas en el artículo 9 del Decreto 230/2001, de 11 de octubre:
- Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes, en los términos previstos en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el citado Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes al mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además del requisito citado en el párrafo anterior, no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No ostentar la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo sobre el que versa el presente proceso selectivo.
PROCESO SELECTIVO
El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición decarácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Fase de Oposición: El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 40 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 40 minutos.
La puntuación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos, debiendo obte-nerse un mínimo de 10 puntos sobre 20. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de las personas aspirantes seleccio-nadas, el tribunal establecerá un nivel mínimo de 10 puntos para la superación de la fase de oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso.
Fase de concurso: Consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al baremo y puntuación que se recoge en el apartado séptimo.7 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, siendo la forma de acreditación la que se indica a continuación:
- A efectos de acreditar la experiencia profesional: copia de la correspondiente certificación de los servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso, conste o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas al cuerpo objeto de convocatoria, o, en su defecto, de la documentación complementaria a la mencionada certificación de servicios prestados que resulte acreditativa del desempeño de dichas funciones.
- A efectos de acreditar los cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: copia de los diplomas o de los certificados de los cursos de formación, expedidos por el órgano competente que corresponda.
La calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos, sin que el total pueda superar los 20 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:
- Experiencia profesional: hasta un máximo de 16 puntos.
- Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 4 puntos.
La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases de la convocatoria, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de concurso el 45 por 100 del total.
PLAZAS EN LAS ÚLTIMAS OEP
OEP | PLAZAS |
2017 | 189 |
2018 | 784 |
2019 | 1 |
2020 | 22 |
2021 | 31 (pendientes) |