En el Boletín Oficial del País Vasco N.º 9, 22 de febrero de 2024, por RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2024, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, se ha convocado procedimiento selectivo para ingreso por turno libre en la categoría de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía del País Vasco (Ertzaintza y Policía Local) y Servicios de Policía Local. Además, el 8 de marzo de 2024 se publica una corrección de errores. A continuación os contamos todo lo que debéis saber de esta oposición.
Funciones de los Cuerpos de Policía del País Vasco
Los Cuerpos de Policía del País Vasco tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, a cuyo efecto deben velar por pacífica convivencia y proteger las personas y sus bienes de acuerdo con la ley.
.Requisitos de participación
Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento, para ser admitidas, deberán reunir todos y cada uno de los requisitos siguientes:
- Formular solicitud previa.
- Tener la nacionalidad española.
- Tener 18 años de edad y no haber cumplido la edad de 38 años, límite que se podrá compensar con servicios prestados en cuerpos de la Policía del País Vasco.
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.
- No estar incursa en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el Decreto 142/2022, de 22 de noviembre, de cuarta modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco.
- No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio de una Administración Pública, ni hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
- Prestar el compromiso, mediante declaración del solicitante, de portar armas y en su caso, utilizarlas.
- No haber sido excluida de un procedimiento selectivo para ingreso en algún Cuerpo de Policía del País Vasco o Servicio de Policía Local por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción, contado desde la fecha de la declaración de la exclusión.
- No estar incursa en causa legal de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente en el momento de la fecha de efectos del nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas.
- Estar en posesión de los siguientes permisos de conducción:
- Permiso de clase B, para turismos, en vigor al último día del plazo de presentación de solicitudes para todas las plazas convocadas.
- Permiso de clase A2, en vigor al último día del plazo de presentación de solicitudes en:Gorliz y Mungia.
- Permiso de clase A2, en vigor al día anterior a la fecha señalada por el Tribunal para apertura del plazo de presentación de solicitudes para la adjudicación provisional de las plazas de: Basauri, Irún y Portugalete
- Permiso de clase A2, en vigor en forma previa al nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en: Errenteria.
- Permiso de clase A, en vigor al día anterior a la fecha señalada por el Tribunal para la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la adjudicación provisional de las plazas de Ertzaintza (Plazas con especialidad Seguridad Vial)
- Permiso de clase A, en vigor en forma previa al nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en Andoain y Zumárraga.
- Permiso de clase C1+E en vigor en forma previa al nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en Errenteria.
- Permiso de clase E, en vigor en forma previa al nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera en Andoain.
- Los permisos indicados anteriormente, deberán estar en vigor en todo momento desde su exigencia, sin ser objeto de suspensión, retirada o privación del derecho a conducir, ya sean de carácter administrativo o judicial, ni haber perdido la totalidad de los puntos asignados.
- Para quienes deseen optar a las plazas con fecha de preceptividad vencida, estar en posesión de perfil lingüístico 2, o superior, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo (conforme a lo dispuesto en la base décima de la convocatoria).
- Haber abonado, de acuerdo con lo expresado en la Ley 13/1998, de 29 de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la tasa por recepción y examen de la solicitud, conforme a lo dispuesto en la Base 3.2.
2.– Los requisitos mencionados habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto el contenido en la letra j), que deberá poseerse en la fecha en que se determine en la convocatoria.
3.– Quienes deseen tomar parte en el procedimiento deberán reunir los requisitos exigidos en el apartado anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con la salvedad establecida en los apartados j)y k), y mantenerlos hasta el momento del nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera con la categoría de Agente de la Escala Básica, sin perjuicio de la fase de procedimiento en que hubieran de proceder a su acreditación.
4.– Si en cualquier momento del procedimiento selectivo, incluido el curso de formación y periodo de prácticas, llegare a conocimiento de la Academia Vasca de Policía y Emergencias que alguna de las personas participantes carece de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria, dicha persona será excluida del procedimiento selectivo, previa audiencia de la misma.
Sistema selectivo de Ertzaintza y Policía Local del País Vasco
El sistema selectivo será el de concurso-oposición, que consistirá en la sucesiva celebración de los sistemas de oposición y concurso, para determinar la aptitud de las personas aspirantes y fijar el orden de prelación entre ellas. La puntuación total del concurso-oposición será la suma de las obtenidas en sus dos fases, incrementada con la que, en su caso, resulte de la evaluación como mérito del conocimiento del euskera, y determinará el orden de prelación de las personas aspirantes.
Por lo que respecta a la fase de oposición, consistirá en la sucesiva celebración de las siguientes pruebas:
- Pruebas psicotécnicas para comprobación de aptitudes y habilidades
- Prueba de conocimientos
- Pruebas psicotécnicas para comprobación de personalidad
- Pruebas físicas
- Entrevista personal
Pruebas psicotécnicas de evaluación de aptitudes
La primera prueba de carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en una prueba psicotécnica, dirigida a la evaluación de las aptitudes de las personas aspirantes. Esta prueba se valorará de 0 a 120 puntos. Esta prueba estará compuesta de cuatro ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio y con un valor de 0 a 30 puntos para cada uno de ellos.
Estos son los ejercicios que la componen:
- Ejercicio de razonamiento.li>
- Ejercicio de aptitudes de percepción (identificación, diferenciación...).
- Ejercicio de aptitudes espaciales.
- Ejercicio de aptitudes verbales.
Cada uno de los ejercicios consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test. Cada una de las preguntas de cada cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.
En cada uno de los ejercicios cada respuesta no acertada penalizará con 1/3 del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizaran. Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos (umbral de puntuación mínima necesaria) en cada uno de los cuatro ejercicios, y una puntuación mínima de 60 puntos en el sumatorio de los cuatro ejercicios.
En aras al buen orden del sistema selectivo, el Tribunal Calificador, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible, el nivel de conocimientos demostrado en esta prueba y antes de conocer la identidad de las personas aspirantes, podrá decidir el umbral de puntuación donde establecer la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios, haciendo público dicho acuerdo
Prueba de conocimientos
La segunda prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, prueba de conocimientos que consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test.
La determinación de los contenidos se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario que se adjunta como Anexo II a la presente.
Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.En cada uno de los ejercicios cada respuesta no acertada penalizará con 1/3 del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizaran.Esta prueba se valorará de 0 a 150 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 75 puntos.
En aras al buen orden del sistema selectivo, el Tribunal Calificador, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible, el nivel de conocimientos demostrado en esta prueba y antes de conocer la identidad de las personas aspirantes, podrá decidir el umbral de puntuación donde establecer la puntuación mínima necesaria para superar la misma, haciendo público dicho acuerdo.
Pruebas psicotécnicas de análisis de rasgos de personalidad
La tercera de carácter obligatorio y eliminatorio, será una prueba psicotécnica. Esta prueba se valorará de 0 a 150 puntos. Esta tercera prueba estará compuesta de dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio:
- Ejercicio de test de personalidad dirigido a evaluar rasgos de personalidad general, así como indicadores de desajuste o inadaptación de quienes participan en el procedimiento selectivo. Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 50 puntos. Para que esta prueba pueda ser valorada, deberá responderse a todos los ítems: la existencia de una o más respuestas en blanco equivaldrá a «0» puntos en la prueba.
- Ejercicio de test de personalidad dirigido a la medición de las conductas relacionadas con la actividad laboral. Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 25 puntos.
Pruebas físicas
La cuarta prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en una prueba de aptitud física. Esta prueba se valorará de 0 a 80 puntos. Consistirá en la realización de los cuatro ejercicios que se contienen en el Anexo II de la presente convocatoria, y cuya valoración se hará conforme a los baremos establecidos al efecto y que se encuentran especificados también en el mismo anexo.
Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos en cada uno de los cuatro ejercicios que la componen, y una puntuación mínima de 40 puntos en el sumatorio de los cuatro ejercicios.
Entrevista personal
La quinta y última prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, será una entrevista personal, dirigida a determinar la idoneidad conductual y competencial de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas del perfil profesional del puesto convocado. Esta prueba se valorará de 0 a 50 puntos siendo necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos para superarla. La valoración de esta prueba se hará conforme a los baremos establecidos al efecto y que se encuentran especificados en el Anexo IV.
La realización del ejercicio de entrevista requerirá, en forma previa a su ejecución, la cumplimentación por parte de las personas participantes en el proceso, de un currículum vitae simplificado, que se cumplimentará en formato normalizado que se facilitará, el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como elemento de apoyo para la realización de la misma.
Las pruebas no podrán iniciarse hasta transcurridos dos meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
La calificación de la fase de concurso se aplicará solo a las personas que hayan superado la fase de oposición. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos hasta un total de 160 puntos
Histórico de plazas
Convocatoria | Plazas |
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2021 | 751 |
2022 | 493 |
2023 | 210 |
2024 | 225 |
¿Cuál es el sueldo de la Ertzaintza y Policía Local País Vasco?
De manera general, el sueldo base de la Ertzaintza es de 35.000 € brutos anuales, aproximadamente. En cuanto al sueldo de Policía Local, se sitúa entre los 30.000 € y los 48.000 € brutos anuales. Sin embargo, también hay que tener en cuenta factores como la antigüedad, retribuciones por productividad, horas extra y complementos. Para resolver vuestras dudad, consultad esta entrada con los detalles del sueldo de la Ertzaintza y Policía Local del País Vasco.Preguntas frecuentes de Policía del País Vasco
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¿Cuándo se convocan las oposiciones de la Ertzaintza y Policía Local del País Vasco?Esta oposición suele tener convocatorias con bastante regularidad. Para que no os perdáis ningún detalle de la convocatoria os recomendamos consultar a menudo nuestro calendario de oposiciones.
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¿Cuántos temas tiene el programa?El programa está formado por 43 temas divididos en 11 bloques: Derechos de la ciudadanía; Organización Político Administrativa; Fuentes del Derecho y Procedimiento Administrativo; Derecho Penal. Parte General; Seguridad Vial; Prevención de Riesgos; Historia, Medio Natural y Demografía del País Vasco; Policía de Servicio a la Ciudadanía; Comunicación, y Violencia de Género.
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¿Son difíciles las oposiciones de Policía del País Vasco?Al tener una cantidad de temas media y no exigir titulación universitaria, podemos concluir que son unas oposiciones de un nivel asequible. Además, tened en cuenta que se convocan con regularidad, así que las probabilidades de conseguir plaza son altas.