Proceso selectivo unificado para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de la comunidad autónoma de Asturias. Toda la información es conforme a la última convocatoria.
Requisitos de la Policía Local de Asturias
Todos los requisitos, salvo el relativo al permiso de conducir, deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de la toma de posesión:
- Tener la nacionalidad española
- Tener la edad mínima de 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida
- Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Bachiller o Técnico
- Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas y para realizar las pruebas que figuran en la base sexta, así como no estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas que figura como anexo I de las presentes bases y que se acreditará en el cuarto ejercicio de la fase de oposición (reconocimiento médico)
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado
- Estar en posesión de los permisos de conducción A y B o sus equivalentes. Este requisito deberá poseerse en la fecha de celebración de la primera prueba del tercer ejercicio, debiendo ser acreditado en dicho momento por los aspirantes.
- Carecer de antecedentes penales por la comisión de delitos dolosos
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará mediante declaración responsable, según el modelo del anexo II. 10. Pago de la tasa de inscripción en cuantía de 17,15 euros.
Así es el proceso selectivo de Policía Local de Asturias
El sistema selectivo será el de Oposición y comprenderá cuatro ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primer ejercicio: test de conocimientos
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias del programa, siendo obligatorio que, de las 80 preguntas, al menos 15 de ellas se correspondan con cada uno de los grupos de materias en los que se divide el programa (Grupo I, II, III y IV). El cuestionario contará además con 10 preguntas de reserva, adicionales a las 80, para posibles anulaciones. Las preguntas de reserva versarán sobre el bloque de materias específicas del programa (bloque B) y servirán para sustituir las posibles preguntas del cuestionario que pudieran anularse, en estricto orden numérico.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada (o en su caso anulada) no tendrá valoración alguna, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
Segundo ejercicio: pruebas físicas
Consistirá en la realización de las pruebas físicas descritas en el anexo V de la convocatoria, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones propias de las plazas convocadas y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia, potencia y coordinación.
Todas las personas deberán presentar, en el momento de realización de la primera prueba de este segundo ejercicio, certificado médico en impreso oficial firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para la realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento oficial supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas en el anexo, siendo eliminadas aquellas personas que no alcancen la marca mínima establecida para cada una de ellas, en cuyo caso no podrán realizar el resto de las pruebas. A todos/as aquellos/as opositores/as que alcancen la marca mínima, se les declarará aptos/as y se les asignará, en cada una de las pruebas, la puntuación que le corresponda en función de la marca realizada.
Este segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos. La calificación de este ejercicio se determinará a través de la media aritmética correspondiente a la puntuación obtenida en cada una de las pruebas físicas, resultando preciso no haber sido eliminado en ninguna de ellas, en cuyo caso el aspirante será declarado no apto.
Tercer ejercicio: pruebas de aptitud psicosocial
Consistirá en la realización de dos pruebas de carácter eliminatorio, siendo necesario para obtener la calificación de apto en este ejercicio haber sido calificado como tal en las dos pruebas. Y las dos pruebas son:
- Examen psicotécnico: se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes y actitudes específicas, explorando los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual, entre otros. Las personas que no alcancen la calificación de apto no podrán realizar la segunda prueba.
En esta prueba los/as aspirantes deberán cumplimentar un test de personalidad y un cuestionario de información biográfica que contendrá datos y aspectos de su vida, así como la opinión del mismo ante las cuestiones que se le planteen. Tanto el test de personalidad como el cuestionario dispondrán de instrucciones específicas de obligado cumplimiento, que serán indicadas para su confección.
El test de personalidad y el cuestionario de información biográfica servirán como elementos de evaluación a utilizar en la segunda prueba (entrevista personal);, únicamente para aquellos aspirantes que superen la primera prueba (examen psicotécnico). - Entrevista personal: es de carácter profesional y personal y tiene la finalidad de comprobar la idoneidad del/de la aspirante, tomando como referencia factores que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar. A efectos de valoración de la entrevista, el tribunal tomará en consideración factores tales como la socialización, comunicación, orientación hacia las metas, características de la personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales, cuya incidencia en la valoración final será́ motivadamente individualizada para cada aspirante.
Cuarto ejercicio: reconocimiento médico
El reconocimiento médico está dirigido a comprobar que no concurren en el/la aspirante ninguna de las causas de exclusión establecidas en el anexo I, para lo cual se aplicarán las técnicas médicas de uso convencional tanto clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias.
La calificación de este ejercicio será de apto o no apto. El reconocimiento médico sólo será realizado por aquellos opositores que figuren en un puesto comprendido dentro del número de plazas ofertadas dentro de la calificación provisional realizada por el Tribunal conforme a lo establecido en la base octava de la convocatoria.
Calificación final
La calificación final se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición. El Tribunal calificador elevará la propuesta de nombramiento como funcionarios/as en prácticas en favor de aquellos aspirantes que, en número nunca superior al de plazas a cubrir, hubiesen logrado las mayores puntuaciones en la calificación final. En caso de empate, la prioridad se dirimirá entre ellos atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio y, si esto no fuera suficiente, en la obtenida en el segundo ejercicio, por este orden. De persistir el empate, éste se resolverá en favor del aspirante que hubiese obtenido mejor marca en la primera prueba del segundo ejercicio; de continuar, se atenderá a la mejor marca de la segunda prueba de dicho ejercicio y así sucesivamente.
Curso de formación en la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias
Para los nombrados funcionarios en prácticas por el órgano competente del Ayuntamiento correspondiente, el curso de formación tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y su no superación determinará la exclusión del procedimiento selectivo. La duración, contenido, baremo y calificación necesaria para superar dicho curso selectivo serán determinados por la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias, a la cual corresponde la determinación de la calificación de apto o no apto en el mismo.
Plazas convocadas
- Turno Libre: 87 plazas correspondientes a los Ayuntamientos de Avilés, Cangas de Onís, Cangas del Narcea, Carreño, Castrillón, Corvera de Asturias, Cudillero, El Franco, Gijón, Gozón, Grado, Langreo, Laviana, Lena, Llanera, Llanes, Mieres, Nava, Navia, Noreña, Parres, Piloña y San Martín del Rey Aurelio
- Turno Movilidad: 10 plazas correspondientes a los Ayuntamientos de Avilés, Gijón, Langreo y San Martín del Rey Aurelio
Las 10 plazas de movilidad anteriormente relacionadas que, a fecha de publicación de las calificaciones del tercer ejercicio de la fase de oposición del presente proceso selectivo unificado, hayan resultado desiertas tras el correspondiente proceso de movilidad celebrado por los respectivos Ayuntamientos, se acumularán a las plazas convocadas por el turno libre en la presente convocatoria.