En el Servicio de Salud de Castilla y León (SACYL) es necesario superar un concurso-oposición para acceder al puesto de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE). Toda la información que encontraréis aquí es acorde a la última convocatoria, publicada el 2 de agosto de 2023 en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En esta convocatoria se incluyen 734 plazas, de las cuales 74 se reservan para el turno de personas con discapacidad. Las plazas provienen de las Ofertas de Empleo Público de los años 2020, 2021 y 2022.
El personal Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería proporciona cuidados auxiliares a pacientes y actúan sobre las condiciones sanitarias de su entorno como miembros de un equipo de enfermería en los centros sanitarios, bajo la dirección técnica del personal de enfermería, asistiendo a otros profesionales sanitarios, fundamentalmente médicos/as y enfermeros/as. Además de asistir las funciones sanitarias, también realizan apoyo administrativo, y ayudan en la investigación y docencia.
Para poder participar en el proceso selectivo debéis cumplir los siguientes requisitos:
El procedimiento de selección será el de concurso- oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio, de carácter eliminatorio y que versará sobre las materias del temario.
Dicho ejercicio consistirá en contestar un cuestionario que estará formado por 75 preguntas relacionadas con el programa, con 4 respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta. Se incluirá un más 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.
Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de las respuestas correctas. No tendrán la consideración de erróneas las preguntas no contestadas.
El tiempo total para la realización de este ejercicio será de 100 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva.
Para superar la fase de oposición del proceso selectivo los aspirantes han de obtener, al menos, el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes.
No obstante lo anterior, el Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado la fase de oposición un número de aspirantes que suponga más del 250% de las plazas objeto de convocatoria, salvo empates en el marginal.
En todo caso, el número mínimo de respuestas correctas necesario para superar dicho ejercicio será el mismo para todos los turnos que concurran.
El ejercicio de la fase de oposición se calificará de cero a 150 puntos, lo que supone un máximo del 60% del total de la puntuación que se puede obtener por todo el proceso selectivo.
La prueba selectiva a realizar por el turno de personas con discapacidad tendrá idéntico contenido que las de los aspirantes del turno libre.
El Tribunal Calificador publicará, en el plazo de 2 días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, la plantilla de respuestas correctas, concediendo a las personas interesadas un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación para presentar alegaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal. Dichas alegaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal.
El Tribunal resolverá las reclamaciones con carácter previo a la corrección del ejercicio y hará pública su decisión en la resolución por la que se declaren los aspirantes que han aprobado el ejercicio y la fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida y el turno de acceso, indicando, en su caso, las preguntas anuladas, sustituidas por otras tantas de reserva. Contra esta resolución, que se publicará en los lugares señalados a tal efecto en la base duodécima, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del tribunal calificador o al órgano convocante, que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, se comunicará de inmediato a la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, para la adopción de la resolución que proceda por el órgano que dictó la resolución definitiva de admitidos y excluidos, previa audiencia de la persona interesada.
En la fase de concurso se valorarán únicamente los méritos aportados y debidamente acreditados con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo III de la ORDEN SAN/966/2023, de 24 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, del Servicio de Salud de Castilla y León.
El tribunal en la resolución por la que se publica la relación de aspirantes que hubieran superado la fase de oposición abrirá un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para que las personas aspirantes que la hayan superado presenten la documentación acreditativa de los méritos alegados a que se hace referencia en esta base.
En el supuesto de méritos en formato de certificados digitales, su comprobación se llevará a cabo mediante la facilitación por parte de la persona aspirante de la página web donde puedan ser comprobados.
En caso de necesitar una clave de acceso personal para determinar la veracidad de los documentos, el/la aspirante deberá personarse ante el tribunal calificador para proceder a la autenticidad de la documentación aportada o, en su caso, facilitar dicha clave.
El tribunal, que solamente podrá valorar la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cualquier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspondiente.
La certificación de los méritos irá referida al último día del plazo de presentación de solicitudes, acreditados mediante aportación del documento original o copia certificada.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.
El tribunal publicará la resolución que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, separando la de cada turno de acceso (acceso general y personas con discapacidad), con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos a considerar y la total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar, en su caso, las alegaciones pertinentes.
En este trámite no serán admitidos nuevos méritos que no se hayan presentado con anterioridad en el plazo concedido.
Las alegaciones presentadas serán estimadas o desestimadas en la resolución del Consejero por la que se declaren los aspirantes que han superado el proceso selectivo y que contendrá la valoración definitiva de méritos.
OEP | Plazas |
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2020, 2021 y 2022 | 734 (74 para personas con discapacidad) |
2022 Estabilización | 1088 |
2023 | 150 |
La retribución aproximada bruta mensual ronda los 1.400-1.600 euros.
Plazas convocadas proceso ordinario (OEPs 2020, 2021 y 2022)
Convocatoria: Se convocan 734 plazas.
Convocatorias pendientes.